Autor: Yandri Alcívar
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DESARROLLO
¿Qué son los contratos de trabajo?
Se comprende como contrato aquel acuerdo realizado entre dos o más partes, donde se comprometen a cumplir ciertas obligaciones. El Ministerio del trabajo (2012) mediante el Código del Trabajo en su artículo 8 establece “contrato individual de trabajo es el convenio en virtud del cual una persona se compromete para con otra u otras a prestar sus servicios lícitos y personales, bajo dependencia, por una remuneración, por una remuneración fijada por el convenio, la ley, el contrato colectivo o la costumbre”.
En el régimen laboral del Ecuador para regular el trabajo se utiliza como referente principal el código del trabajo, este regula en todas sus modalidades los contratos, de forma escrita, verbal, tácito, además reconoce ciertas prestaciones que hayan sido pactadas taxativamente. Actualmente, para pactar una negociación de forma efectiva y legal se la realiza mediante los contratos, se utilizan desde el ámbito laboral hasta las actividades mercantiles.
Para Massot (2018) los contratos son acuerdos de voluntades, donde una o varias personas consienten en obligarse a prestar un servicio o a dar alguna cosa. Este es un acuerdo voluntario que genera obligaciones. Dicho lo anterior, es necesario señalar que muchos años atrás llevar a cabo estas obligaciones era complicado sin un contrato, debido a esto surgió y facilito los acuerdos, a causa de esto, posteriormente se elaboraron leyes y reglamentos más rigurosos donde las partes se sintieran más seguros.
Los contratos aportan muchos beneficios, tanto así que son utilizados a nivel mundial para poder llevar grandes acuerdos, Valdivieso (2014) señala que la importancia y beneficio que conllevan, está básicamente en que al establecer una firma y escritura, se puede utilizar para solucionar alguna duda o conflicto que pueda surgir, además es más fácil solucionarlo, ya que basta en revisar el contrato escrito con su partes pactadas.
Por otro lado, los contratos son muchos, pero en un contexto general se los clasifican por tipos Vagalume (2017) señala que estos tipos de contrato son:
· Contrato indefinido: son aquellos que no tienen límite de tiempo para la prestación del servicio.
· Contrato temporal: se realiza este tipo de contrato cuando se establece una duración determinada, pueden ser eventuales, de obra, de relevo, etc.
· Contrato para la formación y el aprendizaje: este contrato es muy frecuente en casos de inserción y formación laboral de personas jóvenes, combina actividad retribuida y formativa.
· Contrato en prácticas: estos contratos son aquellos que se adquieren trabajadores para la práctica profesional relacionada con su titulación.
Jornadas de trabajo
Rodríguez (2017) señala que la jornada de trabajo o también denominado duración del tiempo de trabajo se refiere a la cantidad de tiempo que el trabajador ha de dedicar a la prestación de servicios para el empresario. Además, se relaciona también con el tiempo de trabajo efectivo que ha tenido el trabajador prestando sus servicios.
Posteriormente al fin de la Primera Guerra Mundial (1914-1918) se empezó con la creación de un organismo internacional que se encargue de la legislación laboral, este se denominó Organización Internacional del Trabajo, a partir de allí se promovió la legislación laboral, estableciendo normas que regularan la jornada laboral a 8 horas diarias y 48 horas semanales, eliminaron el trabajo nocturno de mujeres y niños y protegieron la maternidad (Yáñez, 2015).
La jornada de trabajo influye demasiando en como las personas pueden ejercer sus actividades con desempeño, López (2015) afirma que una reforma al Código de Trabajo en Ecuador referente a la jornada diaria máxima, reduciendo las horas de trabajo mejoraría los niveles productivos de las empresas ecuatorianas, la razón principal es que alcanzaría maximizar el nivel de eficiencia en los procesos productivos.
Con referencia a la jornada nocturna en el Ecuador, se establece mediante el Código del Trabajo en su artículo 49 que este tipo de jornada será considera de 19:00 a 06:00 del día siguiente, podrá tener la misma duración que una remuneración diurna más un 25% adicional.
Remuneraciones y Beneficios Sociales
Las remuneraciones según Hernández (2019) son aquellos pagos o retribuciones que se entregan a una persona por la prestación de un servicio en un tiempo determinado y en un lugar específico. Esta palabra tiene varias acepciones, a este concepto también se le denomina salario, paga o sueldo. Pueden existir diferentes clasificaciones de las remuneraciones según el formato y razón de ser, estas pueden ser:
· Ordinarias, extraordinarias y especiales.
· Fijas y variables.
· Principales y accesorias.
Por otra parte, el Ministerio del Trabajo (2012) señala que existen varias formas de remuneración, de las cuales se establecen en el Código del Trabajo en su artículo 13 referente a las formas de remuneración “en los contratos a sueldo y a jornal la remuneración se pacta tomando como base, cierta unidad de tiempo. Contrato en participación es aquel en el que el trabajador tiene parte en las utilidades de los negocios del empleador, como remuneración de su trabajo. La remuneración es mixta cuando, además del sueldo o salario fijo, el trabajador participa en el producto del empleador, en concepto de retribución por su trabajo”.
En Ecuador el Salario Básico Unificado (SBU) es de $394,00 con un aumento del 2,073% en comparación con el año anterior, este valor fue fijado considerando variables de inflación proyecta y productividad laboral. Esta cantidad es para todo el sector trabajador, incluidos los de la pequeña industria, agrícolas y de maquila. Así como las trabajadoras remuneradas del hogar, operarios de artesanía y colaboradores de la microempresa (Ministerio del trabajo, 2018).
Los trabajadores que ejercen actividades formalmente en el Ecuador poseen varios derechos reconocidos, conocidos como beneficios sociales. Los empleadores tienen que entregarlos de forma obligatoria con valores que van más allá de la remuneración normal que percibe el trabajador. Ramos (2017) señala que en Ecuador los beneficios sociales que tienen derecho los trabajadores son:
1. Afiliación a la seguridad social: el aporte del trabajador al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) es del 9,45% y del empleador 11,15%.
2. Pago por horas extras y suplementarias: para las horas extras que son sábados, domingos y feriados, tienen recargo del 100%. Por otro lado, las suplementarias que se ejercen después de la jornada diaria tendrá un recargo del 50%.
3. Pago del décimo tercero y décimo cuarto sueldo: el primero es la suma de todas las remuneraciones recibidas durante el año dividido para 12. Mientras que el décimo cuarto sueldo es la contabilización de todos los días calendario, para multiplicarlo por el Salario Básico Unificado y el resultado se divide para 360 días del año.
4. Pago del fondo de reserva: este pago se calcula multiplicando el sueldo mensual por 8,33 y divido para 100.
5. Vacaciones anuales: para los casos donde se realice el pago de vacaciones, se realiza dividiendo la remuneración de todo el año para 24.
6. Pago de la jubilación patronal: este pago lo perciben los trabajadores con 25 años o más prestando servicios de forma continua, el valor a recibir no puede ser inferior al 50% del sueldo o salario al puesto que ocupaba.
7. Licencia por paternidad: este es un derecho que tiene el padre de familia, consiste en un permiso con remuneración de 10 días.
8. Licencia por maternidad: este permiso corresponde a 12 semanas remuneradas por el motivo del nacimiento de su primogénito.
9. Pago del subsidio por maternidad: este beneficio se paga cuando la afiliada requiere atención médica y tiene certificado de reposos prenatal.
10. Pago de utilidades: este pago se realiza máximo hasta el 15 de abril del siguiente año. El total de porcentaje a recibir es del 15% de las utilidades del ejercicio del año anterior. El 10% corresponde a todos los trabajadores, mientras que el otro 5 % será entregado en proporción a las cargas familiares, es decir el cónyuge y los hijos menos de 18 años.
CONCLUSIONES
Se concluye que:
· Los contratos de trabajo son acuerdos realizados comúnmente por las empresas o personas que requieren contratas de servicios, estos contratos tienen como finalidad dar seguridad a ambas partes, que lo pactado se cumplirá conforme a ciertas condiciones, percibiendo así una remuneración por el servicio. Es necesario considerar que existen diferentes tipos de contratos conforme a la prestación que vaya a realizar o la duración que tendrá.
· En el Ecuador el tiempo que debe cumplir el trabajador como jornada de trabajo corresponde a 8 horas días y 48 horas semanales, dependiendo lo que se establezca en el contrato se puede ejercer de forma nocturna o diurna, si ejerce actividad laboral al cumplir jornada máxima establecida deberá percibir horas extras o suplementarias, las extras con un 100% de recargo y las suplementarias con un 25%.
· La remuneración es un pago percibido por la retribución de servicios, actualmente el Salario Básico Unificado en el Ecuador es de $394,00. Además de la remuneración, los trabajadores tienen beneficios sociales, por ejemplo, la afiliación a la seguridad social, el cual consiste en una aportación mensual de 9,45%.
REFERENCIAS
Hernández, R. (2019). Definición de remuneración. Recuperado de https://www.economiasimple.net/glosario/remuneracion
López, R. (2015). La Situación de la jornada de trabajo en el Ecuador y las propuestas de cambio. Revista Ciencia UNEMI, 5(8), 103-107.
Massot, M. (2018). El contrato: concepto, tipos, elementos, formalización y clasificación. Recuperado de https://www.proquoabogados.com/contrato/
Ministerio del trabajo. (2012). Código del trabajo. Título I. Art. 8 y Art.13. Registro oficial Suplemento 167 de 16-dic.-2005.
Ministerio del trabajo. (2018). Incremento del Salario Básico Unificado 2019. Recuperado de http://www.trabajo.gob.ec/incremento-del-salario-basico-unificado-2019/
Ramos, E. (2017). Beneficios sociales del trabajador Ecuador. Recuperado de http://www.conmicelu.com/noticias/beneficios-sociales-del-trabajador/
Rodríguez, M. (2017). Flexibilidad y distribución del tiempo de trabajo. Especial referencia al caso español. Revista Latinoamericana de Derecho Social. (25), 3-35.
Vagalume, R. (2017). ¿Qué tipos de contrato existen? Recuperado de https://www.vivus.es/blog/prestamopedia/tipos-de-contrato/
Valdivieso, R. (2014). ¿Para qué sirve y qué beneficios tiene firmar un contrato? Recuperado de https://www.misabogados.com/blog/es/para-que-sirve-y-que-beneficios-tiene-firmar-un-contrato
Yáñez, J. (2015). El control del tiempo de trabajo: El establecimiento de la jornada laboral continua en Chile en 1942. Revista de Derecho. 45(2), 403-422.